El Derecho de Vía es un espacio delimitado de terreno, que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de un camino o carretera.
Los permisos otorgados van de acuerdo a la “Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías Terrestres de Comunicación Estatal" y los lineamientos que dicte la JEC, comprendidos dentro del territorio del Estado de San Luis Potosí; exceptuando aquellas que sean de competencia federal.
Resultados de la búsqueda
Instalación de anuncios, por medio de soportes que se exponen cerca de caminos y carreteras, en el cual se monta un lienzo de diferentes características con texto y/o ilustraciones de un tema específico.
DescargarResultados de la búsqueda
Consisten en la obtención de un permiso, para construir dentro de la zona del derecho de vía; carriles para acelerar o bajar la velocidad en un camino o carretera para la entrada y salida de vehículos a predios particulares, tales como, granjas, huertos, ranchos; a comercios, como restaurantes, hoteles, moteles, etc; a industrias o zonas industriales; a fraccionamientos; a estaciones de combustibles, como gaseras o gasolineras; a paradores, casa habitación, edificios, naves industriales, etc.
DescargarResultados de la búsqueda
Se utiliza, para llevar a cabo obras provisionales o definitivas que se construyen en la orilla de una carretera sin cruzarla. Éstas pueden ser por medio de poliductos, ductos, cables de conducción eléctrica y de comunicación, tuberías, canales ocultos o no, posterías, estructuras, torres, etc.
DescargarResultados de la búsqueda
Para realizar obras provisionales o definitivas necesarias para cruzar una carretera de un lado a otro, los cuales se clasifican en subterráneos, aéreos y adosados, mediante poliductos, ductos, cables de conducción eléctrica y de comunicación, tuberías.
Descargar